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Según se establece en el Reglamento Electrotécnico para baja tensión (R.D. 842/2002), las instalaciones eléctricas en baja tensión de especial relevancia que se citan a continuación, deberán ser objeto de inspección por un Organismo de Control, a fin de asegurar, en la medida de lo posible, el cumplimiento reglamentario a lo largo de la vida de dichas instalaciones.

Las inspecciones podrán ser:

· Iniciales: Antes de la puesta en servicio de las instalaciones o bien tras una ampliación o modificación de importancia.

· Periódicas: Con periodicidad de 5 años, todas las instalaciones que precisaron inspección inicial. Las comunes de edificios de viviendas de potencia total instalada superior a 100 kW, cada 10 años.

 

 A continuación citamos los tipos de instalación que requieren inspección:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1.  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Cuadro de texto: INSPECCIONES REGLAMENTARIAS DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN BAJA TENSIÓN

ANEXO TÉCNICO ACREDITACIÓN

 

LOCALES DE PÚBLICA CONCURRENCIA

SECTOR HOSTELERÍA

SIEMPRE

AFORO + 50 PERSONAS

SECTOR COMERCIO

SIEMPRE

AFORO + 50 PERSONAS

Hoteles, Hostales y Pensiones

*

 

Oficinas con atención al público

 

*

Alojamientos Turísticos

*

 

Oficinas Bancarias

 

*

Alojamiento de Agroturismo

*

 

Hipermercados y Supermercados

 

*

Bares, Cafeterías y Restaurantes

*

 

Tiendas

 

*

SECTOR OCIO

 

 

DOCENTE

 

 

Cines, Teatros

*

 

Guarderías

*

 

Auditorios

*

 

Bibliotecas

 

*

Salas de Fiestas y Discotecas

*

 

Centros de Enseñanza

 

*

Casinos, Bingos y Salones de Juego

*

 

Academias

 

*

Boleras

*

 

VARIOS

 

 

SANITARIO

 

 

Gimnasios

 

*

Consultorios Médicos

 

*

Salas de Exposiciones

 

*

Residencias 3ª Edad

*

 

Iglesias y Locales de culto religioso

 

*

Hospitales

*

 

Aparcamientos más  de 25 plazas

*

 

LOCALES CON RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN, CLASE I

 

SIEMPRE 

Estaciones de servicio

*

Almacenamiento de combustible para usos propios

*

Talleres de reparación Vehículos

*

Talleres de reparación Embarcaciones

*

Cabinas de Pintura

*

Salas de Calderas de  gas

*

LOCALES MOJADOS CON POTENCIA INSTALADA SUPERIOR A 25 kW

 

SIEMPRE 

Cámaras o  Almacenes Frigoríficos

*

Salas de baño y duchas

*

Saunas

*

Lavanderías y tintorerías

*

Lavaderos

*

Instalaciones a la intemperie

*

INSTALACIONES INDUSTRIALES CON  POTENCIA INSTALADA SUPERIOR A 100 kW

 

SIEMPRE 

Fabricación y montaje de productos

*

Reparación, mantenimiento y transformación de productos industriales

*

Carpinterías de madera o metal

*

Herrerías

*

ALUMBRADO EXTERIOR CON  POTENCIA INSTALADA SUPERIOR A 5 kW

PISCINAS CON  POTENCIA INSTALADA SUPERIOR A 10 kW